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Protección de Datos pide a Facebook más garantías de privacidad

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha pedido a Facebook que garantice a sus usuarios más privacidad de sus datos y que practique una política informativa "clara, accesible y comprensible".
El director de la AEPD, Artemi Rallo, ha hecho esta petición a los responsables de Facebook en una reunión celebrada y que forma parte de una ronda de contactos de la agencia con las principales plataformas de redes sociales.
Entre otras cuestiones, Rallo ha pedido a Facebook que sea transparente en la información que da a sus usuarios, que fije mecanismos de verificación de la edad para evitar que los menores de catorce años accedan a los contenidos de la plataforma, y que simplifique el proceso de cancelación de datos personales.
Un reciente estudio de la AEPD ponía de manifiesto que el 43% de los usuarios de redes sociales como Facebook tiene configurado su perfil de forma que puede ser visto por cualquier persona de la red (casi 8 millones en España), un hecho que pone en serio riesgo su privacidad.
Advertía también de que, con frecuencia, las redes sociales solicitan a los nuevos usuarios información sobre su ideología política, orientación sexual y preferencia religiosa, unos datos que son visibles para todos sus contactos, en la mayoría de los casos.Por ello, la AEPD ha pedido a Facebook que fije por defecto el máximo grado de privacidad del perfil de los usuarios.

Fuente: http://www.elmundo.es/elmundo/2009/03/26/navegante/1238085363.html


Nuestros datos deben ser protegidos en Internet

El art. 16 de la Constitución Española es el que se refiere a la libertad ideológica, de creencias y de religión de los ciudadanos. El art. 16. 2 de la Constitución se refiere al hecho de que nadie podrá ser obligado a a declarar su religión, ideologías o creencias.El art. 18. 1 de la Constitución reconoce y protege los derechos al honor, intimidad y a la propia imagen. El art 18. 4 establece que una ley limitará el uso de la informática para salvaguardar el honor, la intimidad y la propia imagen de los ciudadanos. Esta ley es la Ley Orgánica 15/99 del 13 de diciembre. La Ley Orgánica de Protección de Datos 15/99 del 13 de diciembre garantiza la privacidad de los datos personales relacionados con las libertades públicas, los derechos fundamentales y, sobre todo, los relacionados con el honor y la intimidad. La ley controla y defiende los datos que tienen de nosotros las entidades privadas, pero no las públicas como el Estado o las distintas Administraciones.

El Fichero General de Protección de Datos Informáticos se puede consultar una vez cada 12 meses, menos aquellos datos que tenga el Estado, el Ministerio del Interior, los antecedentes penales, etc. Podemos querer saber nuestros datos y tenemos derecho a saberlos (derecho de acceso), a rectificarlos si algún dato es erróneo (derecho de rectificación) y a cancelarlos cuando esos datos dejan de estar activos al cumplir ya el fin para el que los dimos (derecho de cancelación).Además existe una Agencia Estatal de Protección de Datos (la isntitucuón que ha pedido más garantías a Facebook, como dice el artículo anterior) en la que podemos reclamar y denunciar si alguna empresa ha accedido a datos privados nuestros sin nuestro consentimiento. Las multas en estos casos suelen ser altísimas.

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